Teniendo en cuenta este servicio, pueden distinguirse dos modalidades de factoring diferentes:
· a) Con recurso: El factor no asume el riesgo por insolvencia, pudiendo actuar contra la empresa cedente
de las facturas en caso de impago del cliente. En este caso, el factor agotará el espacio temporal de reclamo al cliente, fijado en el contrato, e instrumentado por lo general mediante un sistema de avisos, antes de comunicarle el inicio de un procedimiento judicial contra él, previo consentimiento de la empresa cedente. En el supuesto de no actuación, el factor devolverá las facturas a la empresa cedente y recuperará, en su caso, el importe anticipado.
de las facturas en caso de impago del cliente. En este caso, el factor agotará el espacio temporal de reclamo al cliente, fijado en el contrato, e instrumentado por lo general mediante un sistema de avisos, antes de comunicarle el inicio de un procedimiento judicial contra él, previo consentimiento de la empresa cedente. En el supuesto de no actuación, el factor devolverá las facturas a la empresa cedente y recuperará, en su caso, el importe anticipado.
· b) Sin recurso: El factor se hace cargo del riesgo por insolvencia del cliente, que suele referirse a insolvencia judicialmente manifiesta (es decir, concurso de acreedores), no pudiendo actuar contra la empresa cedente si se produce impago. El hecho de tener una cobertura total del riesgo por insolvencia eleva de forma muy importante el coste de la operación, de ahí que se establezca la posibilidad de negociar coberturas inferiores al cien por cien, que reduzcan el coste. Para la empresa cedente, el factoring sin recurso, dependiendo de la cobertura que se llegue a negociar, supone reducir las gestiones por impagos, morosidad y fallidos.
2. En función del momento de pago de las facturas al cedente
Desde el punto de vista del momento en que el factor paga a la empresa las facturas que le cede, pueden diferenciarse cuatro modalidades de factoring diferentes:
· a) Con pago al cobro: El factor abona las facturas a la empresa cedente cuando recibe el pago de los clientes de ésta.
· b) Con pago al cobro con fecha límite: El factor abona las facturas a medida que las va cobrando y antes de una fecha límite.
· c) Con pago a fecha fija: El factor abona el importe de las facturas en vencimientos fijos pactados, con independencia de que se encuentren cobradas o pendientes de cobro.
· d) Con pago anticipado: El factor abona el importe de las facturas, descontando un interés por anticiparlas, siendo la opción que proporciona financiación a la empresa.
3. En función del lugar de residencia del cliente
El factoring puede ofrecerse tanto para ventas nacionales como internacionales, con las siguientes características:
· a) Factoring nacional: El caso más normal para empresas que venden a clientes que residen en territorio nacional.
· b) Factoring de exportación: También puede plantearse para ventas efectuadas a deudores residentes en el exterior, eliminando los mismos riesgos y proporcionando las mismas ventajas que en el caso del mercado interior; pero que son más difíciles de gestionar en el exterior. En este caso, no suele ofrecerse para ventas de productos perecederos.
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