El objetivo de
esta NIIF, es especificar el tratamiento contable de los activos mantenidos
para la venta, la presentación e información a revelar sobre las operaciones
discontinuadas. Los activos que cumplan con los criterios de la NIIF
5, sean
valorados al menor valor entre su importe en libros y valor razonable menos los costos de venta, así como
que cese la depreciación de
dichos activos mantenidos para la venta, y que se presenten de forma separada
en el estado de situación financiera, y que los resultado de las operaciones
discontinuadas se presenten por separado en el resultado integral.
Activo
corriente: un activo
que satisface alguno de los siguientes criterios:
·
Se espera
realizar, vender o consumir, en el ciclo normal de la operación de la entidad.
(no relacionar el ciclo de operación obligatoriamente como un periodo de 12
meses o un año).
·
Se mantiene
para la negociación
·
Se espera
realizar dentro del periodo de los doce meses posteriores a la fecha del
balance
·
Se trata de
efectivo u otro medio equivalente al efectivo, no restringido.
Activo no
Corriente: activos que
no cumple los requisitos del activo corriente.
Por lo
tanto, para identificar un activo no corriente, primero debemos tener claro,
los activos
corrientes y si no cumple con estos criterios, automáticamente
se entenderá como no corriente.
Aunque
existen hechos y circunstancias que podrían alargar la venta de un activo no
corriente mantenido para la venta, más allá de un año, una ampliación del
periodo exigido para completar la venta no impide que se pueda mantener en esta
clasificación. Si el retraso viene causado por hechos o circunstancias fuera
del control de la entidad, existan evidencias suficientes de que la entidad se
mantiene comprometida, con su plan de vender el activo.
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