El Derecho mercantil o
Derecho comercial es aquella rama del Derecho privado que regula el conjunto de
normas relativas a los comerciantes en el ejercicio de su profesión, a los
actos de comercio legalmente calificados como tales y a las relaciones
jurídicas derivadas de la realización de estos.
Esto es, en términos amplios,
la rama del Derecho que regula el ejercicio del comercio por los distintos operadores
económicos en el mercado. La progresiva internacionalización de los negocios y
la necesidad de los poderes públicos de establecer un marco de protección de
los consumidores y de mantenimiento de la estabilidad económica y financiera ha
venido dando lugar a lo que se conoce como el fenómeno de la
"publificación" del Derecho Mercantil, consistente en que son cada
vez más y más normas de Derecho público las que se entremezclan con normativa
puramente de Derecho privado para salvaguardar dichos intereses. Notable
ejemplo lo constituye toda la normativa de supervisión y sanción en materia del
sistema financiero, donde todas las sociedades operantes en él y las
operaciones que en él se realizan están fuertemente vigiladas.1
En la mayoría de las
legislaciones, leyes y decretos, una relación se considera comercial, y por
tanto sujeta al Derecho Mercantil, si es un acto de comercio. El Derecho
mercantil actual se refiere a estos actos, de los que lo son intrínsecamente,
aunque en muchos casos el sujeto que los realiza no tenga la calidad de
comerciante (sistema objetivo); sin perjuicio de ello, existen ordenamientos
jurídicos en que el sistema es subjetivo, con base en la empresa, regulando
tanto su estatuto jurídico, como el ejercicio de la actividad económica, en sus
relaciones contractuales que mantienen los empresarios entre ellos y con
terceros.
En otros ordenamientos
jurídicos, especialmente en el Derecho anglosajón, no existe una visión
unificada del "Derecho Mercantil" (como tampoco ocurre con otras
ramas del Derecho), sino que el objeto de su estudio se reparte entre pequeñas
parcelas jurídicas (tales como Companies' Law, Corporate Law o Antitrust Law)
que no guardan una base de fuentes unificada como sí ocurre en los
ordenamientos continentales donde suele existir un Código Mercantil que sirve
como piedra angular a todo el sistema.
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