INMUEBLES, MAQUINARIA, PLANTA Y EQUIPO.Son bienes tangibles que tienen por objeto:
El uso o usufructo de los mismos en beneficio de la entidad.
La producción de artículos para su venta o para el uso de la propia entidad y,
La prestación de servicios a la entidad, a su clientela o al público en general.
La adquisición de estos bienes denota el propósito de utilizarlos y no de venderlos en el curso normal de operaciones de la entidad.
El uso o usufructo de los mismos en beneficio de la entidad.
La producción de artículos para su venta o para el uso de la propia entidad y,
La prestación de servicios a la entidad, a su clientela o al público en general.
La adquisición de estos bienes denota el propósito de utilizarlos y no de venderlos en el curso normal de operaciones de la entidad.
2. INVERSIONES INTANGIBLES.
Son partidas que representan la utilización de servicios o el consumo de bienes pero que, en virtud de que se espera que producirán directamente ingresos específicos en el futuro, su aplicación a resultados como un gasto es diferida hasta el ejercicio en que dichos ingresos son obtenidos.
Partidas cuya naturaleza es la de un bien incorpóreo, que implican un derecho o un privilegio, y en algunos casos, tienen la particularidad de poder reducir costos de producción, mejorar la calidad de un bien o servicio o promover su aceptación en el mercado. Se adquieren con intención de explotar esta particularidad en beneficio de la empresa y su costo es absorbido en los resultados durante el período en que rinda este beneficio (patentes, licencias, marcas, etc.).
Los intangibles tienen dos características:
Representan costos que se incurren o derechos o privilegios que se adquieren con la intención de que aporten beneficios específicos a las operaciones de la entidad durante períodos que se extienden mas allá de aquel en que fueron incurridos. Los beneficios que aportan son en el sentido de permitir que esas operaciones reduzcan sus costos y aumenten sus utilidades.
Los beneficios futuros que se espera obtener de encuentran en el presente en forma intangible, frecuentemente representados por un bien de naturaleza incorpórea, o sea, que no tienen una estructura material no aportan una contribución física a la producción u operación de la entidad. El hecho de que carezcan de características físicas no impide de ninguna manera que se les pueda considerar como activos legítimos. Su característica de activos se las da su significado económico más que su existencia material específica.
El requisito que deben cubrir estas partidas para ser reconocidas como activos y no como gastos es que exista una razonable certeza de que serán capaces de generar utilidades a la empresa en cantidad suficiente que permita que sean absorbidas a través de su amortización. Consecuentemente, aquellas partidas que aún cuando su naturaleza sea la descrita en los párrafos anteriores, solo sean capaces de reducir pérdidas o generar utilidades menores a su propio costo, no deberán ser capitalizadas.
La cantidad asignada a todos los intangibles, como a los demás activos, de acuerdo con el principio de valor histórico original es su costo de adquisición.
3. OTROS ACTIVOS.
Terrenos
Edificios
Herramientas
4. PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD APLICABLES.
Valor histórico original.
Realización.
Reconocimientos de efectos de la inflacion en la situacion financiera
Revelacion suficiente
5. REGLAS DE VALUACIÓN.
Las inversiones en inmuebles, maquinaria y equipo deberán valuarse al costo de adquisición, al de construcción o en su caso, al valor equivalente.
El costo de construcción incluye los costos directos e indirectos ocurridos en la misma, tales como: materiales, mano de obra, costos de planeación e ingeniería, gastos de supervisión y administración, impuestos y gastos originados por préstamos obtenidos específicamente para este fin, que se devenguen durante el período efectivo de la construcción. Dicho período termina cuando el bien esta en condiciones de entrar en servicio, independientemente de la fecha en que sea traspasado a las cuentas del activo fijo en operación.
En general, las reglas de valuación para todos los conceptos del activo fijo son del valor de la compra mas todos los gastos necesarios para la adquisición o puesta en marcha. Una excepción notable la constituyen las herramientas, las cuales pueden controlarse de los siguientes modos:
a) Método de inventarios físicos. Las herramientas se controlan en valores sin mantener valores en inventarios perpetuos. Se practican inventarios físicos periódicamente; se valúan las existencias a costo aplicándole en algunos casos un porcentaje de deducción por el uso o desgaste, y se ajusta el saldo de la cuenta a los resultados del inventario cargando la diferencia de costos y gastos.
b) Método de fondo fijo. Se establece un inventario físico cargando las compras a la cuenta de herramientas. Las reposiciones se cargan a costos o a gastos.
c) Método de vida probable. Las compras se cargan al activo y se deprecian a una tasa global. Puede o no controlarse a través de inventarios perpetuos, pero deben efectuarse inventarios físicos para ajustar periódicamente la cuenta.
d) Si la inversión es de poca cuantía, el costo de las herramientas puede cargarse directamente a costos y gastos.
6. Reglas de presentación.
De los activos fijos.
Los activos fijos se presentan en el balance general después del activo circulante. Deduciendo del total de activos fijos el importe de la depreciación acumulada. La integración del activo fijo en inmuebles, maquinaria y equipo puede presentarse en el balance general o en nota por separado.
Los grupos del activo fijo al presentarse en los estados financieros se clasifican en:
a) Inversiones no sujetas a depreciación. En este grupo se encuentran los terrenos, en virtud de que son inversiones que no sufren ningún demérito o desgaste y que por el contrario, su valor aumenta con el transcurso del tiempo; debido principalmente a la plusvalía y otros fenómenos económicos.
b) Inversiones sujetas a depreciación, tales como edificios, maquinaria y equipo, enseres, muebles, herramienta pesada, vehículos, etc.
c) las construcciones en proceso se presentan por separado de los edificios terminados y es conveniente que se haga mención de la cifra a que ascenderán los proyectos en proceso.
Activos no corrientes
mantenidos para la venta
El PGC 07 destaca que los elementos
deben clasificarse atendiendo al uso o destino que decide darles la empresa, de
ahí que cuando la dirección cambie de planes se verá obligada a informar en
contabilidad con las oportunas reclasificaciones, por ejemplo, inversiones de
renta fija que se clasifican como cartera mantenida a vencimiento y
posteriormente decide venderlas, implicaría pasarlas a la cartera de
disponibles para la venta; un local que ocupaba la empresa y ahora lo destina a
alquiler, supone el traspaso de inmovilizado material a inversiones
inmobiliarias. Y en ese deseo de aportar mayor y mejor información, nace una
nueva clasificación para los inmovilizados, que es la de activos no corrientes
y grupos enajenables mantenidos para la venta que se integra dentro del activo
corriente; igual ocurre con los pasivos asociados a dichos activos que se
reclasifican al pasivo corriente. El objetivo de dicha reclasificación es anunciar
un cambio de planes, ya que, en lugar de recuperar la inversión a través del
uso continuado, la intención de la empresa es venderlos en el plazo de un año.
La reclasificación a activos no
corrientes mantenidos para la venta se regula en la norma 7.ª del PGC 07 y
exige el cumplimiento de los siguientes requisitos:
1. El activo ha de estar disponible en
sus condiciones actuales para su venta inmediata.
2. Su venta ha de ser altamente
probable, para ello deben concurrir las siguientes circunstancias:
a. La empresa ha iniciado un plan para
vender el activo (está buscando comprador y tiene intención de vender el
activo).
b. El activo se ofrece a un precio de
venta parecido a su valor razonable actual.
c. Se espera que la venta se realice en
el plazo de un año desde la fecha de clasificación del activo como disponible
para la venta, salvo que, por hechos o circunstancias fuera del control de la
empresa, el plazo de venta se tenga que alargar y exista evidencia suficiente
de que la empresa siga comprometida con el plan de venta.
d. De la actuación de la empresa se
deduzca que es improbable que vaya a abandonar el plan de venta, vaya a haber
cambios significativos o que vaya a ser retirado.
Los activos no corrientes mantenidos
para la venta se valorarán por el menor entre el valor en libros y
el valor razonable menos los gastos de venta. Durante el tiempo que permanezca
como activo mantenido para la venta no se podrá amortizar, aunque sí se podrá
registrar el deterioro. Los rendimientos que se obtengan mientras no se formalice
la venta se imputarán a Pérdidas y Ganancias, en el apartado B) Resultado neto
de actividades interrumpidas.
El criterio de valoración anterior
no se aplicará a las siguientes partidas:
1. Activos por impuestos diferidos, a
los que se le aplica la norma 13.ª de Impuesto sobre beneficios.
2. Activos procedentes de retribuciones
al personal, que se rige por la norma 16.ª de Pasivos por retribuciones a largo
plazo al personal.
3. Activos financieros, excepto
inversiones en el patrimonio de empresas del grupo, multigrupo y asociadas, que
se regula por la norma 9.ª de Instrumentos financieros.
Cuando un activo deje de cumplir los
requisitos para ser clasificado como activo mantenido para la venta se vuelve a
incorporar al inmovilizado o a la partida que corresponda y se valora por el
menor entre:
·
Valor
contable que tenía antes de su clasificación, incorporando las amortizaciones y
correcciones que se hubieran realizado durante el período que se ha mantenido
como activo para la venta.
·
Valor
recuperable, entendido como el mayor entre el valor razonable menos costes de
venta y el valor en uso.
Las diferencias de valoración que se
produzcan se imputan al resultado del ejercicio.
La norma 7.ª de Activos no
corrientes mantenidos para la venta nunca se aplicará a las empresas que
apliquen el PGC de PYMES, cuyos activos continúan en el Grupo 2 hasta su venta
y se amortizan hasta esa fecha. No deben informar en Pérdidas y ganancias de
los rendimientos obtenidos mientras se tiene el plan de venta, en actividades
interrumpidas, porque dicho apartado no aparece en el modelo de cuenta de
Pérdidas y ganancias del PGC de PYMES.
EJEMPLO 14
ACTIVO NO
CORRIENTE MANTENIDO PARA LA VENTA
Una empresa compra el 1 de abril del
año 2008 un camión por 150.000 euros y lo amortiza linealmente en 5 años. El 1
de julio del año 2010 decide ponerlo a la venta, ya que se jubila la persona
que lo llevaba y deciden subcontratar el servicio. El valor razonable del
vehículo a 1 de julio de 2010 se estima en 60.000 euros. Al final de año se
calcula un valor razonable de 55.000 euros y lo consigue vender en marzo del
año 2011 por 50.000 euros. IVA de la operación, 16%.
SE PIDE: Contabilizar las
operaciones anteriores.
• 01-04-2008: Por la compra del
camión:
Concepto
|
Debe
|
Haber
|
Elementos
de transporte (218)
|
150.000,00
|
|
H.ª P.ª,
IVA soportado (472)
|
24.000,00
|
|
Proveedores
de inmovilizado c/p (523)
|
|
174.000,00
|
• 31-12-2008: Se dota la
amortización del camión:
Concepto
|
Debe
|
Haber
|
Amortización
inmovilizado material (681)
|
22.500,00
|
|
Amortización
acumulada de elementos transporte (2818) (150.000/5 x 9/12)
|
|
22.500,00
|
• 31-12-2009: Se dota la
amortización del camión:
Concepto
|
Debe
|
Haber
|
Amortización
inmovilizado material (681)
|
30.000,00
|
|
Amortización
acumulada de elementos transporte (2818) (150.000/5)
|
|
30.000,00
|
• 01-07-2010: Actualizamos la
amortización y se reclasifica como activo para la venta dentro del activo
corriente.
Por la dotación a la amortización:
Concepto
|
Debe
|
Haber
|
Amortización
inmovilizado material (681)
|
15.000,00
|
|
Amortización
acumulada de elementos transporte (2818) (150.000/5 x 6/12)
|
|
15.000,00
|
Por la reclasificación como activo
para la venta:
Concepto
|
Debe
|
Haber
|
Inmovilizado
(580)
|
60.000,00
|
|
Amortización
acumulada de elementos transporte (2818)
|
67.500,00
|
|
Pérdida
procedente del inmovilizado material (671)
|
22.500,00
|
|
Elementos
de transporte (218)
|
|
150.000,00
|
Se contabiliza por el valor
razonable porque es inferior al valor en libros o contable, de ahí que se
impute una pérdida en la reclasificación.
Valor en
libros (150.000 – 67.500)
|
82.500 euros
|
Valor
razonable menos gastos de venta
|
60.000 euros
|
Dicha pérdida también se podría
contabilizar primero como deterioro y a continuación reclasificar el vehículo a
activos no corrientes mantenidos para la venta.
Concepto
|
Debe
|
Haber
|
Pérdidas
por deterioro del inmovilizado material (691)
|
22.500,00
|
|
Deterioro
de valor de elementos de transporte (2918)
|
|
22.500,00
|
Concepto
|
Debe
|
Haber
|
Inmovilizado
(580)
|
60.000,00
|
|
Amortización
acumulada de elementos transporte (2818)
|
67.500,00
|
|
Deterioro
del valor de elementos de transporte (2918)
|
22.500,00
|
|
Elementos
de transporte (218)
|
|
150.000,00
|
• 31-12-2010: Por el deterioro, si
su valor razonable es menor con base en las ofertas que ha recibido se ajusta
como una pérdida del ejercicio:
Concepto
|
Debe
|
Haber
|
Pérdidas
por deterioro del inmovilizado material (691)
|
5.000,00
|
|
Deterioro
de valor de inmovilizado no corriente mantenido para la venta (5990)
|
|
5.000,00
|
• 01-03-2011: Por la venta del
camión:
Concepto
|
Debe
|
Haber
|
Créditos
c/p enajenación inmovilizado (543)
|
58.000,00
|
|
Deterioro
de valor de inmovilizado no corriente mantenido para la venta (5990)
|
5.000,00
|
|
Pérdidas
procedentes inmovilizado material (671)
|
5.000,00
|
|
Inmovilizado
(580)
|
|
60.000,00
|
H.ª P.ª,
IVA repercutido (477)
|
|
8.000,00
|
EJEMPLO 15
Supongamos que no se hubiera
realizado la venta anterior y que el 1 de abril del año 2011 cambia de idea,
contrata a un transportista y vuelve a utilizar el camión para las entregas a
sus clientes, ya que con el servicio externo ha tenido muchos problemas de
retrasos y entrega de los materiales en mal estado.
El valor razonable en este momento
es de 50.000 euros y el valor en uso se estima en 58.200 euros.
Damos por correcto el deterioro
practicado en el ejercicio 2010 y el vehículo está valorado por 55.000 euros.
Atendiendo a la norma 7.ª del PGC 07, para reclasificarlo al inmovilizado
material, se aplicará el menor entre el valor en libros y el valor recuperable.
El valor en libros debe incluir la
amortización que dejó de practicarse durante el período que estuvo clasificado
como mantenido para la venta, lo que nos lleva, si se compró en abril del año
2008 y estamos en abril del ejercicio 2011, a que han transcurrido tres años de
vida útil.
Valor en libros = 150.000 –
150.000/5 años x 3 años = 150.000 – 90.000 = 60.000 euros
El valor recuperable es el mayor
entre el valor razonable (50.000 €) y el valor en uso (58.200 €).
El activo queda valorado a 58.200
euros ya que el valor en libros es 60.000 euros y el valor recuperable 58.200
euros, debiendo elegir el menor de los dos.
Concepto
|
Debe
|
Haber
|
Elementos
de transporte (218)
|
58.200,00
|
|
Deterioro
de valor de inmovilizado no corriente mantenido para la venta (5990)
|
5.000,00
|
|
Inmovilizado
(580)
|
|
60.000,00
|
Reversión
del deterioro del inmovilizado material (791)
|
|
3.200,00
|
Como se puede observar del deterioro
registrado al cierre del año 2010 de 5.000 euros, revierten 3.200 euros, por la
valoración de los flujos netos de caja. También se podía contabilizar:
Concepto
|
Debe
|
Haber
|
Elementos
de transporte (218)
|
148.200,00
|
|
Deterioro
de valor de inmovilizado no corriente mantenido para la venta (5990)
|
5.000,00
|
|
Amortización
acumulada de elementos transporte (2818)
|
|
90.000,00
|
Inmovilizado
(580)
|
|
60.000,00
|
Reversión
del deterioro del inmovilizado material (791)
|
|
3.200,00
|
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